Recuperación de IVA Acreditable en México

Muchas empresas cargan un saldo a favor de IVA que nunca recuperaron. No porque no les corresponda, sino porque la solicitud se atoró, llegó un requerimiento que nadie contestó a tiempo, o simplemente se dejó pasar. Ese dinero es tuyo y sigue ahí.

Por qué se queda atorado el IVA a favor

El SAT tiene hasta 40 días hábiles para resolver una solicitud completa. La palabra que importa es completa: si falta un anexo, si el papel de trabajo no explica el saldo o si un dato no cuadra, llega un requerimiento — y si no se contesta en tiempo, la solicitud se tiene por desistida.

  • Papel de trabajo que no amarra. El monto solicitado no se puede rastrear hasta las operaciones que lo generan.
  • Diferencias entre lo declarado y los CFDI o los comprobantes de pago efectivo.
  • CLABE que no corresponde al contribuyente o sin estado de cuenta que la respalde.
  • e.firma vencida. En devoluciones superiores a $10,001 pesos la firma vigente es obligatoria; sin ella el trámite no avanza aunque todo lo demás esté bien.
  • Proveedores publicados en el artículo 69-B que contaminan el IVA acreditable solicitado.
  • Requerimientos sin contestar — la causa más común y la más evitable.

Tienes cinco años, no toda la vida

El plazo para solicitar la devolución de un saldo a favor es de cinco años contados desde que se determinó. Cada mes que pasa acerca la prescripción de los periodos más viejos. Si traes saldos de hace tres o cuatro años, el reloj ya va corriendo en tu contra.

Cómo funciona: solo necesitamos tres datos

  1. Nombre y RFC de tu empresa.
  2. Los periodos —los meses y el año— de los que traes el saldo pendiente.
  3. El monto de IVA acreditable que buscas recuperar.

Con eso hacemos un diagnóstico de la problemática: por qué se atoró, qué tan recuperable es, qué documentación falta y qué riesgos hay. A partir del diagnóstico recibes una propuesta concreta para resolverlo.

No necesitas preparar expedientes ni juntar papeles para el primer contacto. Tres datos y empezamos.

Lo que te vamos a decir de frente

No todos los saldos son recuperables, y no vamos a fingir lo contrario para abrir un expediente. Si el diagnóstico concluye que un periodo ya prescribió, que no existe la documentación soporte o que el costo de recuperarlo supera lo que se recupera, te lo decimos y te ahorramos el proceso.

Preferimos perder un caso a meterte en un trámite que iba a terminar en negativa. Un rechazo mal peleado además llama la atención de la autoridad sobre el resto de tu operación.

Preguntas frecuentes sobre recuperación de IVA

¿De qué años puedo recuperar?

De los últimos cinco, contados desde que se determinó el saldo a favor. Por eso conviene revisar cuanto antes: los periodos más antiguos son los primeros en perderse.

¿Sirve si ya me lo rechazaron antes?

Sí, y es de los casos más frecuentes. Un rechazo previo no siempre significa que no proceda; muchas veces significa que la solicitud estaba incompleta o que no se contestó un requerimiento. Cuéntanos qué pasó.

¿Cuánto tarda?

El plazo legal de resolución es de 40 días hábiles sobre una solicitud completa, pero un requerimiento reinicia el proceso. En el diagnóstico te damos un tiempo realista para tu caso, no el plazo de folleto.

¿Tengo que cambiar de contador?

No. Trabajamos sobre el caso específico de la recuperación, junto con quien ya lleva tu contabilidad.

¿Qué pasa si tengo proveedores en la lista del 69-B?

Es justo una de las cosas que revisa el diagnóstico, porque contamina el IVA acreditable que estás solicitando. Nuestro Portal de Proveedores resuelve el problema hacia adelante: valida a tus proveedores antes de pagarles.

¿Y si además traigo diferencias en mi contabilidad?

Conviene revisarlas antes de solicitar, porque son la causa número uno de requerimiento. Ahí ayuda nuestra herramienta de conciliaciones fiscales.

Servicios relacionados

  • Conciliaciones fiscales — las diferencias entre lo declarado y tus CFDI son la causa número uno de requerimiento en una devolución.
  • Contabilidad electrónica — el SAT pide la contabilidad que respalda el saldo; si no cuadra, la solicitud se detiene.
  • Sistema antilavado de dinero — si operas actividades vulnerables, el cumplimiento LFPIORPI se revisa junto con lo fiscal.

Solicita tu diagnóstico

Llena estos datos y te contactamos con el diagnóstico de tu caso. No necesitas preparar documentación para empezar.

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